Los gastos de viaje o viáticos que otorgan las empresas a sus empleados para hospedaje, alimentación, transporte, uso o goce temporal de automóviles y pago de kilometraje sí son deducibles de impuestos, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos.

Máximo de Viáticos en México

ONCEPTOMONTO MÁXIMO DEDUCIBLEREQUISITOS
            Alimentación  En territorio nacional: $750.00  diario por beneficiario. En el extranjero:   $1,500.00 diario por beneficiario.Acompañar la documentación relativa al hospedaje o transporte. Si la documentación acompañada es sólo la de transporte, se deberá efectuar el pago de los alimentos con tarjeta de crédito a nombre de la persona que realice el viaje.  
    Renta de autos  En el territorio nacional o en el extranjero: $850.00 diarioAcompañar la documentación relativa al hospedaje o transporte.   
      HospedajeEn territorio nacional:        Sin límite.    En el extranjero:    $3,850.00 diarios.    Acompañar la documentación relativa al transporte.  

Los gastos deberán estar amparados con un CFDI cuando se efectúen en territorio nacional, o contar con la documentación comprobatoria correspondiente, cuando se efectúen en el extranjero.

Para el trabajador que percibe los viáticos, serán un ingreso exento para el siempre que sean efectivamente erogados en servicio del patrón y comprobados con los CFDI’s respectivos (art. 93, fracc. XVII).

El trabajador puede no comprobar con documentación de terceros hasta un 20 % del total de viáticos recibidos en cada evento, siempre que el monto excedente se erogue mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios del patrón y que los viáticos no gastados se reintegren al empleador (art. 152, RLISR).

El importe no comprobado no podrá exceder de 15,000 pesos en el año, además de reunir los requisitos de deducibilidad previstos en el artículo 28, fracción V de la LISR para viáticos. Esta facilidad no aplica para gastos de hospedaje y pasajes de avión.

Deducir Viáticos

Hay que recordar que para hacer deducibles los gastos, es necesario que el empleado o el prestador de servicios independientes presente las facturas con el nombre, domicilio fiscal y Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de quien los expida; contenga impreso el número de folio y el lugar y fecha de expedición.

Para poder presentar los gastos de viaje como deducibles es necesario que el empleado cuente con una actividad empresarial, es decir, prestación de un servicio profesional, servicio o comercialización de bienes. En caso de que sea un empleado debe encontrarse dentro de la nómina de la empresa.

 A que personas se pueden pagar viáticos:

a) Trabajadores

b) Asimilables a Salarios y

c) Honorarios

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