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Aquí en Viáticos queremos que sepas qué son los viáticos y cuántos puedes gastar según la ley en México, así como las leyes que existen sobre la determinación de qué son y qué no son los viáticos. A continuación te desglosaremos.
¿Qué Son Los Viáticos y cómo se deducen?
El concepto, se emplea para nombrar al dinero o las especies que se entregan a una persona para su sustento durante un viaje.
Es decir, que si un trabajador sale a cumplir con sus funciones laborales a un lugar distinto de donde usualmente las realiza, como asistir a una reunión por fuera de la ciudad, el empleador debe proporcionarle el transporte, la alimentación y alojamiento si es necesario.
Es de aclarar que cuando los viáticos se hagan de forma accidental, jamás constituirán salario y por ello, nunca se tendrán en cuenta a la hora de realizar la liquidación de las prestaciones sociales, ni tampoco como base de cotización para hacer los aportes a seguridad social (salud, pensión, ARL), ni parafiscales.
¿Se puede acreditar el IVA sin estar pagado directamente?
Sí, en operaciones de importación de bienes tangibles, artículo 15 RLIVA.
Sí, siempre y cuando el interés del acreedor se dé por satisfecho, por ejemplo pago con tarjeta de crédito.
Sí, a través de la celebración de un contrato de mandato, por ejemplo en los pagos a un Agente Aduanal y Viáticos.
d) Que cuando los pagos cuya deducción se pretenda realizar, se hagan a contribuyentes que causen el Impuesto al Valor Agregado, dicho impuesto se traslade en forma expresa y por separado en el comprobante fiscal digital.
Topes de Viáticos en México
a) Alimentación en México $ 750.00 diarios por persona
b) Alimentación en el Extranjero $ 1,500.00 diarios por persona
c) Renta de auto y gastos relacionados $ 850.00 diarios en México y en el Extranjero
d) Hospedaje en el extranjero $ 3,850.00 diarios por persona
Los gastos deberán estar amparados con un CFDI cuando se efectúen en territorio nacional, o contar con la documentación comprobatoria correspondiente, cuando se efectúen en el extranjero.
Para el trabajador que percibe los viáticos, serán un ingreso exento para el siempre que sean efectivamente erogados en servicio del patrón y comprobados con los CFDI’s respectivos .
El trabajador puede no comprobar con documentación de terceros hasta un 20 % del total de viáticos recibidos en cada evento, siempre que el monto excedente se erogue mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios del patrón y que los viáticos no gastados se reintegren al empleador (art. 152, RLISR).
El importe no comprobado no podrá exceder de 15,000 pesos en el año, además de reunir los requisitos de deducibilidad previstos en el artículo 28, fracción V de la LISR para viáticos. Esta facilidad no aplica para gastos de hospedaje y pasajes de avión.
Para mejor compresión de lo anterior a continuación se presenta el ejemplo de un trabajador que realiza cuatro viajes durante el ejercicio conforme a los siguientes datos:
A que personas se pueden pagar viáticos:
a) Trabajadores
b) Asimilables a Salarios y
c) Honorarios
Pago de viáticos de Personas Morales a Personas Físicas según la ley
Tratándose de viáticos erogados en territorio nacional estos se deben realizar fuera de una faja de 50 Km. al establecimiento del contribuyente.
Si los gastos de viaje no están comprobados con documentación a nombre del contribuyente que los paga y benefician a personas que le prestan servicios personales subordinados, los comprobantes fiscales podrán ser expedidos a nombre de dichas personas, en cuyo caso y para efectos del artículo 18, se tendrá por cumplido el requisito de respaldar dichos gastos con el comprobante fiscal a nombre de aquél por cuenta de quien se efectuó el gasto.
Las personas físicas que reciban viáticos y efectivamente los eroguen en beneficio del patrón, podrán no presentar comprobantes fiscales hasta por un 20% del total de viáticos erogados en cada ocasión, cuando no existan servicios para emitir los mismos, sin que en ningún caso el monto que no se compruebe exceda de $ 15,000.00 en el ejercicio fiscal de que se trate, siempre que el monto de los viáticos se eroguen mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicio del patrón. La parte que en su caso no se erogue deberá ser reintegrada por la persona física que reciba los viáticos o en caso contrario no le será aplicable lo dispuesto.
Los contribuyentes no estarán obligados a informar en la declaración anual del ejercicio fiscal de que se trate los ingreso obtenidos durante dicho ejercicio por concepto de viáticos cuyo monto no exceda de $ 500,000.00 y la suma total de los viáticos percibidos no represente más del 10% del total de los ingresos que les hubiera pagado el patrón por concepto de la prestación de un servicio personal subordinado.
Para determinar el límite de ingresos por concepto de viáticos a que se refiere el párrafo anterior, se deberá considerar inclusive el monto total que se pueda erogar por los boletos de transporte, incluso cuando dichos boletos los haya pagado el patrón.
El reintegro de las erogaciones realizadas por cuenta de terceros, deberá hacerse con cheque nominativo, a favor del contribuyente que realizó el pago por cuenta del tercero o mediante traspasos a sus cuentas por instituciones de crédito o casas de bolsa sin cambiar los importes consignados en el CFDI expedidos por los proveedores de bienes y prestadores de servicios, es decir por el valor total incluyendo el IVA que en su caso hubiera sido trasladado.
Independientemente de la obligación del contribuyente que realiza el pago por cuenta del tercero de expedir CFDI por las contraprestaciones que cobren a los terceros, deberán entregar a los mismos el CFDI expedido por los proveedores de bienes y prestadores de servicios.
Como se puede apreciar existen diversas disposiciones fiscales imputables al tratamiento de viáticos y gastos de viaje, las cuales son importantes considerar para la determinación correcta de los impuestos al realizar su deducción de manera adecuada.
En Sistema de Viáticos sabemos la importancia de los Vuelos y en este articulo te escribimos la informacion que necesitas para reservar un Vuelo.
Para Reservar un Vuelo:
1.-Búsqueda y disponibilidad de Vuelos
Selecciona si quieres trayectos de ida y vuelta o sólo ida. Indica las ciudades de origen y destino de tu vuelo, las fechas de viaje, el número de pasajeros y las edades (para que el sistema te calcule los posibles descuentos).
- Indica si tienes preferencia en alguna clase (turista, business, primera clase).
- Si tienes derecho a descuento.
- Si tienes flexibilidad a la hora de elegir las fechas de tu viaje, utiliza la opción Ayúdame a buscar por fechas. Te mostraremos un calendario con el mes elegido y los precios por día, así tendrás una orientación de cuando encontrar las tarifas más económicas.
- Te ofrecen un listado de todos los vuelos con plazas disponibles, así como las posibles combinaciones de horarios y detalles de vuelo, como las escalas que tiene o la aerolínea que opera dicho trayecto.
2.-Introducir los datos del vuelo
Una vez seleccionado el vuelo deseado, te ofrecen un resumen de la reserva en la que se indica el precio incluyendo las tasas de aeropuerto y los cargos de emisión.
Tendrás posibilidad de contratar seguro de anulación o de viaje; en el caso de que algún vuelo sea con compañía deberás indicar el número de maletas a facturar y el tipo de tarjeta.
Tendrás que rellenar los datos de contacto de los pasajeros, la forma de pago.
Conviene que verifiques bien todos los datos de la reserva, tanto del destino y fechas como de los datos personales, como sexo, fecha de nacimiento y número de DHS o TSA. Para viajes internacionales, también ingrese su información de pasaporte.
3.-Confirmación de la reserva del vuelo
Te darán un localizador de tu reserva y recibirás un e-mail de confirmación.
En Sistema de Viáticos te decimos cuánto es el e peso ideal para viajar o cuantos kilos son permitidos en los Vuelos.
Equipaje facturado en Bodega: La franquicia de equipaje depende de la compañía aérea, la tarifa pagada y la ruta.
- Como norma general en vuelos regulares la franquicia oscila entre unos 20kg y 23kg por pasajero. Eso sí, puede haber algunas rutas en las que la placa del vuelo no incluya equipaje en bodega.
- En los Vuelos hacia América muchas compañías aplican el sistema de piezas, permitiendo un único bulto por persona con un peso máximo de 23 kg
- En vuelos bajo costo, aconsejamos consultar la normativa de la propia compañía aérea, ya que todas cobran distintos precios por maleta y/o kilo facturado, cuyo importe variará dependiendo de cada compañía.
Equipaje de Mano : Por motivos de seguridad sólo se permite subir a la cabina una pieza de equipaje por persona. Como norma general el peso máximo oscila entre los 6kg y 10kg, y las medidas no pueden exceder de los 55cm x 40cm x 20cm, pero siempre aconsejamos reconfirmar dicha información con la propia compañía aérea ya que el peso o medida puede verse variada en función de la compañía que se trate.
Ahora ya sabes los datos importantes para los Vuelos de Negocios, es importante justificar los gastos como Comprobantes de Viáticos.
Aquí en Software de Viaticos que los viáticos sean deducibles debe comprobarse que los recursos utilizados fueron estrictamente indispensables para la operación de tu organización, viaje y gastos que son necesarios para que el viaje vaya de forma fenomenal, y que hayan sido realizados por personas con las que tengas una relación laboral directa.
Esto implica que se te eroguen viáticos para que puedas cubrir tus necesidades básicas mientras te encuentras fuera. No obstante, para que éstos puedan ser deducibles deben de cumplir con ciertas características, además de considerar si estás en territorio nacional o extranjero.
De acuerdo al artículo 28 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), los siguientes conceptos de gastos de viaje y viáticos son deducibles y deberán tener los siguientes topes fiscales:
1.- Alimentación
a) Nacional: no exceda los $750 pesos
b) Extranjero: no exceda 1,500 pesos diarios.
2.- Transporte (pasajes de autobús o de avión, pago de casetas, combustibles y mantenimiento de automóvil y otros)
a) Nacional o Extranjero: sin límite deducible
3. Pago de kilometraje
a) La deducción no podrá exceder de 93 centavos M.N. por kilómetro recorrido del automóvil sin que dicho kilometraje pueda ser superior a 25,000 km recorridos en el ejercicio.
4.- Hospedaje
a) Nacional: sin límite deducible
b) Extranjero: no exceda $3,850 pesos
5. Uso o goce temporal de arrendamiento automóviles
a) Nacional o Extranjero: no exceder $850 diarios
Como se puede apreciar, los viáticos deben cumplir con algunos requisitos establecidos en las leyes y los reglamentos para poder deducirlos y acreditarlos, sin dejar de lado que los mismos deben de erogarse porque representarán un beneficio para la empresa.
Requisitos Fiscales de las Facturas
Por otra parte, los comprobantes (facturas) por concepto de alimentación, transporte, hospedaje y demás deben contener todos los requisitos fiscales que establece el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación.
Como podemos ver, si se le erogan gastos de alimentación a los empleados en lugares que están a menos de 50km, dichos gastos no se considerarán viáticos y no será deducible al 100%.
Fiscalmente se le denomina consumos en restaurantes y solo son deducibles en un 8.75% del gasto erogado y el IVA pagado solo es acreditable dicho porcentaje siempre y cuando dicha erogación sea pagada en tarjeta de crédito, débito o monedero electrónico.
Sin los viáticos son pagados en el extranjero deben tener al menos la denominación o razón social y fecha de expedición; descripción del servicio que amparen; el monto total de la contraprestación pagada por lo servicios y en ésta deberá asentarse el nombre del usuario del servicio, y además contener los requisitos que conforme a la legislación del país en que resida quien expide el comprobante, deba incluir el mismo.
Requisitos para la deducción de gastos de alimentación
Un requisito importante para que la deducción de los gastos de alimentación proceda, es que los mismos deben acompañarse de comprobantes de transporte (consumo de gasolina, boleto de avión, autobús) o de hospedaje. Si se presenta comprobantes de gastos de alimentación con gastos de transporte se debe demostrar que los gastos de alimentación fueron pagados con la tarjeta de crédito del contribuyente o del trabajador.
Ahora bien, dichos gastos de alimentación, transporte y hospedaje que sean realizados a 50km de la empresa, tampoco son deducibles al 100%.
En cuanto a las facturas de alimentación en territorio nacional, únicamente serán deducibles $750 pesos diarios por cada beneficiario, y el equivalente en pesos a $1,500 en territorio extranjero
Ya que se han establecido los requisitos para la deducción de viáticos con sus respectivas características, es necesario que lo pongas en práctica y sigas cada lineamiento. De no ser así, algunos de los viáticos no podrían ser deducibles y, como consecuencia, ser descontados de tu salario e incluso que el SAT haga una revisión a la situación fiscal de la empresa.
Teniendo en cuenta estos topes fiscales, podrás ingresar estos valores en tus reglas de negocio y políticas de gastos en una solución que puede ayudar a automatizar toda la gestión de gastos de viajes y viáticos.
Recuerda que en Software de Viaticos te damos la solución necesaria para tu empresa y puedas llevar el control de los viáticos de tus empleados, así como la facilidad de tenerlo en un software de última generación.
Acércate a nosotros y te ayudaremos a tener el control que necesitas con Viaticos