En Sistemas de Viáticos nos interesa que nuestros clientes conozcan los temas referentes al software de Viáticos, en este articulo hablaremos sobre los ejemplos del gastos de viajes y viáticos.

Los gastos de viaje o viáticos que otorgan las empresas a sus empleados para hospedaje, alimentación, transporte, uso o goce temporal de automóviles y pago de kilometraje sí son deducibles de impuestos, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos.

De acuerdo al Articulo 32 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, El primero es que se apliquen al menos a una distancia de 50 kilómetros a la redonda, de donde se ubique fiscalmente la empresa.

Hay que recordar que para hacer deducibles los gastos, es necesario que el empleado o el prestador de servicios independientes presente las facturas con el nombre, domicilio fiscal y Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de quien los expida; contenga impreso el número de folio y el lugar y fecha de expedición.

En el caso de viáticos para el extranjero, los comprobantes no será necesario que reúnan todos los requisitos fiscales, aunque sí deberán señalar el nombre, denominación o razón social y domicilio de quien lo expida y el servicio que amparan.

Alimentación  $750.00 diarios por beneficiario.

Renta de autos $1,500.00 diarios por beneficiario.

Hospedaje  $850.00 diarios.

Deberá acompañar la documentación relativa al hospedaje o transporte.

En Sistema de Viáticos queremos que conozcas la información completa,  los gastos de viaje o viáticos, pueden representar una partida importante en el rubro de los gastos de una empresa, por lo cual y para estar en posibilidad de deducir los citados conceptos, se deberá cumplir con los requisitos establecidos en nuestra ley fiscal, además de que los comprobantes que amparen los gastos deberán cumplir con requisitos fiscales y el personal autorizado para recibir este tipo de recursos, deberá conocer cuales son los montos máximos autorizados por conceptos como: hospedaje, alimentación y renta de autos que se apegue como ya lo comentamos a nuestra legislación fiscal.